Un proyecto de la ministra de la Suprema Corte de Justicia amenaza con debilitar la defensa social y colectiva del medio ambiente ante los megaproyectos y la industria extractivista.
Si el criterio de la ministra es aprobado, todo tipo de organizaciones civiles y de derechos humanos perderían capacidad al ser privadas de un "interés legítimo" para actuar en tribunales y defender bienes colectivos como la salud, la educación, la libertad de prensa o el medio ambiente.
La defensa legal de las selvas, los manglares y las comunidades que dependen de ellos enfrenta una amenaza en los tribunales superiores de México. Aunque fue retirado temporalmente de la discusión este jueves 9 de octubre, el proyecto surgido de las entrañas de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sigue latente y tiene como objetivo final restringir el amparo como una herramienta social y colectiva que durante años han usado las organizaciones civiles para proteger el medio ambiente.
La propuesta, elaborada por la ministra Yasmín Esquivel, fue retirada de la discusión del pleno el mismo día en que 40 organizaciones alertaron sobre su “potencial regresivo”. Sin embargo, la incertidumbre persiste, pues la ministra debe reelaborar el texto y se desconoce cuándo será votado.
De aprobarse, dejaría en la indefensión a comunidades y ecosistemas enteros al exigir a las organizaciones probar una “afectación directa” para litigar, un criterio que expertos califican de casi imposible de cumplir.
Además de eso, ese criterio podría extenderse y restringir la defensa de derechos en materia de salud, educación o libertad de expresión, entre muchas otras áreas, según advierten especialistas de la sociedad civil, como Leopoldo Maldonado, director de Artículo 19.
La línea de fuego: comunidades y ecosistemas en riesgo
En la práctica, el cambio judicial afectaría casos concretos y urgentes. En Campeche, por ejemplo, las comunidades mayas de Hopelchén en 2023 ganaron un amparo que reconoce el valor ecológico y cultural de las abejas ante las omisiones de las autoridades estatales y federales que ha provocado su muerte masiva.

Foto: Michael Balam Chan, Cuartoscuro
Otro caso emblemático es la resolución del juicio de amparo que logró proteger los manglares de la Laguna del Carpintero, en Tampico, amenazados por la construcción de un parque temático que pretendía talarlos. O los juicios que han logrado retrasar la construcción del Tren Maya o desviar su ruta para proteger ecosistemas o comunidades mayas.
“Varios de estos juicios siguen en curso”, explica Carlos Samayoa, de Greenpeace México, en referencia a los amparos interpuestos contra el Tramo 5 del Tren Maya: un proyecto que, recuerda, se implementó “sin haber tenido manifestación de impacto ambiental”.
Samayoa es licenciado en derecho por la UNAM y actualmente es el coordinador de la campaña México al grito de ¡Selva! de Greenpeace México.
Con ocho años de experiencia en campañas ambientales, explica que el amparo es el contrapeso más importante con el que la ciudadanía puede contar para proteger lo que queda de selva, bosques, ríos e intentar luchar por el derecho a un medio ambiente sano. “Y esto vale tanto para las personas que habitan el territorio, como para las que estamos en las ciudades y que nos vemos también afectadas porque la crisis climática está exacerbándose por la pérdida de esas masas forestales”.

Foto: Greenpeace
El mecanismo de desprotección: cómo se desarma la defensa legal
El proyecto de la ministra Esquivel, correspondiente a la contradicción de tesis 217/2021, sostiene que es insuficiente que una organización tenga como “objeto social la protección y/o defensa del medio ambiente” para acreditar su legitimación. En su lugar, propone que deben demostrar una “afectación directa”.
Este cambio, según las organizaciones, desarma la defensa ambiental. “Para empezar, niega que cualquiera de estas organizaciones o colectivos que se han dedicado por años a proteger de manera sistemática el medio ambiente tenga legitimidad para acceder a la justicia”, afirmó Samayoa. “Te dejan sin el recurso que por excelencia ha constituido el amparo para revertir una violación de derechos humanos. Esto, en un contexto de falta de transparencia, en donde las comunidades muchas veces no son informadas ni consultadas debidamente, sin los mecanismos de participación adecuados”.
La medida también debilita la capacidad de acción temprana. Sin el “interés legítimo” se dificultará todavía más impugnar megaproyectos o decisiones gubernamentales en sus etapas iniciales, antes de que los daños ecológicos sean irreversibles.
Según el comunicado de las 40 organizaciones (Causa Natura, Greenpeace, Foro Mexicano del Agua, Prodesc…), esto “debilitaría la capacidad tanto de la sociedad civil como de las comunidades de actuar frente a megaproyectos, políticas extractivas que amenazan el entorno y la vida”.
Un criterio “sumamente restrictivo” y sus consecuencias
La exigencia de una “afectación directa”, incluida en el proyecto de Yazmín Esquivel, es considerada por los defensores ambientales como un obstáculo insalvable. “Es un criterio restrictivo”, advierte Samayoa. Muchas de las organizaciones ambientales, explica, trabajan de la mano con principios precautorios. Es decir, intentan detener o frenar proyectos antes de que los daños sean irreversibles. Exigir demostrar una “afectación directa” lo complica todo.
“Ahora la carga de la prueba correspondería solo a la persona ya afectada”. Lo cual, en un país como México, implica un riesgo mayor. “En numerosos casos, estas personas afectadas ni siquiera tienen la capacidad de litigar o de presentar pruebas a la par de la de un gobierno. Esto implicará un obstáculo al acceso a la justicia y podría convertirse en un panorama de justicia denegada”.
No sólo eso. Exigir que sólo los afectados directos puedan interponer un amparo se confronta con la naturaleza del derecho a un medio ambiente sano, reconocido en el artículo 4 constitucional.
Este derecho, en teoría, debería beneficiar a toda la colectividad pero se trata de un derecho difícil de concretarse si las autoridades no entienden que la contaminación de un río, por ejemplo, afecta no sólo a las comunidades aledañas sino a toda la cadena trófica: los alimentos cultivados en las cercanías pueden contaminar los estómagos de personas a miles de kilómetros de distancia.

Foto: Greenpeace México
Samayoa insiste que la eficacia del juicio de amparo para procurar un medio ambiente más sano ha quedado demostrado en varios litigios que, de cambiar el criterio de “interés legítimo”, podrían no repetirse. En 2019, después de una intensa temporada de pésima calidad del aire en varios estados del centro del país, Greenpeace promovió un amparo para obligar a autoridades del Estado de México y Cdmx a ajustar sus programas de contingencias ambientales.
“Esos litigios han sido de suma utilidad. Aparejados con la movilización ciudadana se ha avanzado en alcanzar mejores parámetros en los límites máximos de contaminantes en el aire de las ciudades. Logramos que se actualizaran las normas oficiales mexicanas gradualmente a los parámetros de que establece la Organización Mundial de la Salud. Es un avance que, sin el amparo, difícilmente podría ocurrir”.
-En caso de que este proyecto logre imponerse, con este criterio, ¿afectaría a organizaciones que defienden derechos humanos más allá de lo ambiental?
-Es una posibilidad, en efecto. Por ahora afecta directamente a las organizaciones que defienden el derecho humano a un medioambiente sano porque viene de un análisis que se hace de una contradicción de tesis en esta materia. Sin embargo, si tenemos una corte que actúa con ese tipo de criterios restrictivos y que no vela por un interés amplio de la ciudadanía a defender derechos difusos como es el medio ambiente, podemos seguir viendo decisiones de ese tipo. De ahí viene también este llamado y esta alerta. Ahora que se retiró proyecto de la ministra Esquivel, las organizaciones sí pedimos que, por favor, se reconsidere el tema del “interés legítimo”: estamos viviendo un momento muy álgido en términos de justicia ambiental como para todavía poner más obstáculos.
Un contexto nacional de restricción
La alarma por el proyecto de la Corte se ve agravada por una ofensiva paralela en el Poder Legislativo. El Senado de la República ha aprobado reformas a la Ley de Amparo que también buscan “limitar el interés legítimo”. Para las organizaciones firmantes, esta “coincidencia entre el poder judicial y el legislativo apunta a reducir los espacios de control ciudadano sobre el poder público”.
El retiro del proyecto este 9 de octubre ofrece una tregua, pero el riesgo persiste. Las organizaciones, entre las que se encuentran el Centro Mexicano de Derecho Ambiental (CEMDA), Artículo 19 y Fundar, hicieron un llamado final a las ministras y ministros para que “reafirmen una interpretación amplia y garantista del interés legítimo”. El juicio de amparo, insistieron, “debe seguir siendo una herramienta accesible” en un país donde la crisis ambiental y la impunidad avanzan.