La Corte avala facultad de la UIF para congelar cuentas bancarias sin orden judicial
La resolución de la Corte valida el bloqueo de cuentas como una medida de prevención ante indicios de delitos y respeto al derecho de audiencia para quienes son incluidos en la lista de personas bloqueadas
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó la facultad de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) de bloquear cuentas bancarias sin orden judicial, siempre y cuando existan indicios de delitos como lavado de dinero y financiamiento al terrorismo.
En su sesión de este lunes 6 de abril, los ministros aprobaron un proyecto de la ministra Loretta Ortiz Ahlf, el cual buscó validar la acción de inconstitucionalidad 58/2022 y así dotar a la UIF de la facultad de “congelar” activos bajo dichas condiciones y sin necesidad de la orden otorgada por un juez.
El aval fue dado por una mayoría de seis ministros, quienes votaron en contra fueron la ministra Yasmín Esquivel y los ministros Giovanni Figueroa y Arístides Guerrero.
“El bloqueo de cuentas no es un castigo penal, sino una medida administrativa y preventiva. No te declara culpable ni sustituye al Ministerio Público, pero sí permite actuar a tiempo”, señaló la Corte en un comunicado.
Por otro lado, la Corte resolvió dos amparos tramitados en contra de los bloqueos de cuentas bancarias: el primero promovido por Martha Ramírez Aceves y otro por Vicente Zambada Zazueta, presunto sobrino de Ismael “El Mayo” Zambada y dueño de la compañía Fresh Packing Corp, empresa radicada en California.
Aunque Fresh Packing impugnó el bloqueo de sus cuentas bancarias y alegó que el nombre de su CEO se trataba de un caso de homonimia, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) desechó los argumentos, al presumir que sí habían indicios de lavado de dinero y vínculo familiar con el fundador del Cártel de Sinaloa.

“La SCJN fortaleció el combate al lavado de dinero al confirmar, en dos casos, que el bloqueo de cuentas bancarias ordenado por la UIF es válido cuando se basa en indicios de operaciones ilícitas y respeta el derecho de audiencia y defensa”, publicó la Corte tras la resolución de los amparos bajo la ponencia de la ministra Lenia Batres Guadarrama.
“La UIF no necesita una solicitud extranjera formal y detallada para congelar cuentas. Puede actuar con base en información nacional o internacional, conforme a estándares como los del Grupo de Acción Financiera Internacional”, agregó.
De acuerdo con el último informe de labores de la UIF, en lo que va del año, la unidad ha emitido 51 acuerdos de incorporación a la Lista de Personas Bloqueadas y ha presentado 19 denuncias en contra de 455 sujetos.




