El Senado pide que sancionen al presidente del Comité contra la Desaparición Forzada de la ONU
Gerardo Fernández Noroña, presidente del Senado, increpó al presidente del Comité contra la desaparición forzada de la ONU.
El Senado de la República -dominado por mayoría morenista- se sumó al rechazo gubernamental a las declaraciones de Olivier de Frouville, presidente del Comité Contra la Desaparición Forzada (CED) de la ONU, quien anunció la semana pasada el inicio un procedimiento por considerar la responsabilidad del Estado mexicano en la crisis de desaparición forzada que azota al país.
Ayer, el Senado aprobó con 71 votos a favor, 28 en contra y tres abstenciones un pronunciamiento para exigir una sanción contra Frouville, al considerar que el gobierno no participa de forma directa ni sistemática en la desaparición forzada de personas.

Gerardo Fernández Noroña, presidente del Senado y uno de los defensores más férreos cuando se señala al gobierno por omisiones en materia de desaparición, rechazó los señalamientos del CED: “Este Pleno exige el retiro de sus oprobiosas aseveraciones y exige el trato respetuoso que nuestra nación”, espetó Noroña.
Hace unos días, el morenista se confrontó con estudiantes Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE), quienes protestaron por el hallazgo de una finca empleada para la desaparición forzada en Teuchitlán, Jalisco. Allí sugirió que los cientos de zapatos localizados podrían no pertenecer a personas desaparecidas.
Ante los señalamientos del Senado, el CED-ONU emitió una aclaración anoche en la que fundamentó su punto: “la decisión de activar el procedimiento del artículo 34 se adoptó por consenso sobre la base de denuncias recibidas en virtud de esta disposición, pero también teniendo debidamente en cuenta los informes, la información adicional, las respuestas presentadas de manera constructiva por el Estado parte desde el 2014 en el marco de las peticiones de acción urgente, las comunicaciones individuales y el informe adoptado por el Comité tras su visita a México.
El artículo 34 de la Convención, que da sentido al inicio del procedimiento, dice lo siguiente: “Si el Comité recibe información que, a su juicio, contiene indicios bien fundados de que la desaparición forzada se practica de forma generalizada o sistemática en el territorio bajo la jurisdicción de un Estado Parte, y tras haber solicitado del Estado Parte interesado toda la información pertinente sobre esa situación, podrá llevar la cuestión, con carácter urgente, a la consideración de la Asamblea General de las Naciones Unidas, por medio del Secretario General de las Naciones Unidas”.
Por otro lado, el CED destacó que “las circunstancias contempladas en el artículo 2 se aplican, entre otras cosas, a los denominados “grupos paramilitares”, pero también a las personas involucradas en la delincuencia organizada, incluidos los grupos o redes informales, desde el momento en que recibieron la autorización, el apoyo o la aquiescencia de una autoridad estatal.
De acuerdo con El Universal, México es el país que encabeza las solicitudes de acciones urgentes del CED, por arriba de Irak, con 608; Colombia, con 233, y Cuba, con 193, según los datos contenidos en reportes del Comité.