Michoacán elimina la carta de no antecedentes penales para acceder a cargo
En Michoacán ya no tendrán que presentar su carta de no antecedentes penales. Diputados niegan que se abra la puerta a la delincuencia
La carta de no antecedentes penales ya no es necesaria para quienes aspiren a cargos de elección popular en Michoacán.
El Congreso del estado eliminó este requisito, para “fortalecer los derechos políticos-electorales de la ciudadanía, estableciendo reglas claras, transparentes y siguiendo los principios y derechos que disponen en la Constitución Política federal”.
La 76 Legislatura aprobó reformar el artículo 189 del Código Electoral del Estado para derogar el inciso j) de la fracción II de dicho articulado en el cual se establece que para la solicitud de registro de un candidato, fórmula, planilla o lista de candidatos presentada por un partido político o coalición, deberá contener cartas de no antecedentes penales, expedidas por la Fiscalía General del Estado y la Fiscalía General de la República.
Se trata de una propuesta del diputado del Partido Verde (PVEM) Abraham Espinoza Villa, dictaminada por la Comisión de Asuntos Electorales y Participación Ciudadana, y avalada por 25 diputados en sesión extraordinaria.
Los legisladores de Michoacán coincidieron que solicitar las cartas de no antecedentes penales como requisito, afecta el derecho político electoral de los ciudadanos a ser votados a los cargos de gobernador, diputados locales e integrantes de ayuntamientos.

“Toda vez que no persigue un fin legítimo, no resulta idónea y eficaz y, tampoco resulta proporcional en sentido estricto, convirtiéndose en una medida que no permite garantizar el ejercicio del derecho a ser votado, sino que, por el contrario tiende a impedir su plena realización”, indica el decreto.
Incluso, los diputados aseguraron que la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó que la carta de no antecedentes penales constituye una restricción injustificada al derecho a ser votado.
Por ello, coincidieron en que la exigencia normativa de este requisito constituye una violación directa a la presunción de inocencia y no discriminación que imperan en el sistema jurídico en la constitución federal, por lo que dicha exigencia resulta inconstitucional.
¿Eliminar carta de no antecedentes penales abre la puerta a la delincuencia?

La diputada Diana Espinoza Mercado, presidenta de la Comisión de Asuntos Electorales, negó que derogar la carta de no antecedentes penales abra la puerta a la delincuencia.
“Lo que hace es eliminar un requisito que los máximos tribunales del país ya consideraron inconstitucional y, además, ineficaz para acreditar la elegibilidad”, sostuvo.
En el mismo sentido, el diputado de Movimiento Ciudadano, Antonio Carreño, negó que se busque permitir la participación de actores no elegibles.
“La carta de no antecedentes penales no define si la persona que tiene antecedentes está sentenciada o no; es decir, una persona puede tener antecedentes sin ser culpable y, por tanto, seguir siendo inocente. En consecuencia, no se le puede limitar su derecho a votar y ser votado”, argumentó.
Michoacán tiene elecciones locales el próximo año, cuando ya se podrá participar sin esta carta de no antecedentes penales.
Durante el 2025, la Fiscalía General del Estado de Michoacán (FGE) expidió un total de 39 mil 609 cartas de no antecedentes penales en las distintas regiones de la entidad, consolidando este trámite como uno de los servicios con mayor demanda por parte de la ciudadanía.





