Trabajadores por aplicación: puntos clave de la reforma que busca regularlos
La Cámara de Diputados ya recibió la iniciativa que pretende dotar de derechos laborales a trabajadores digitales por aplicación
Anoche Ricardo Monreal, el diputado y presidente de la Junta de Coordinación Política, informó que en la Cámara de Diputados ya recibieron la iniciativa de reforma que busca para darle prestaciones básicas a trabajadores por aplicación como Uber, Didi o Rappi.
El pasado 16 de octubre, en su conferencia matutina, la presidenta Claudia Sheinbaum firmó la iniciativa, que poco después provocó reacciones encontradas entre agrupaciones de trabajadores por aplicación y representantes de las plataformas, entre celebraciones y preocupación por la falta de claridad en algunos aspectos.
El documento, difundido ayer por Monreal, establece adiciones a la Ley Federal del Trabajo y pone algunas reglas sobre el reconocimiento de una relación laboral subordinada entre plataformas digitales y trabajadores de estos servicios.
Salud y vivienda, pequeña mención
De acuerdo con el texto, se reconocerá una relación laboral subordinada durante el tiempo efectivamente laborado, es decir, desde que un trabajador acepta una solicitud de servicio hasta que el trabajo concluya, en un esquema flexible y discontinuo.
Los trabajadores por aplicación tendrán derecho a seguridad social, basado en experiencias previas como el aseguramiento a trabajadores independientes y personas trabajadoras del hogar.

El artículo 291-K establece entre las obligaciones de las plataformas están la inscripción de sus trabajadores al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), determinar retenciones de cuotas obrero-patronales y realizar las aportaciones correspondientes al Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (FOVISSSTE).
La iniciativa menciona que el periodo transitorio podrá servir para que posteriormente se establezcan reglas más claras en la reforma a la Ley del Seguro Social, en la que se deben reconocer la dinámica laboral de trabajadores por aplicación.
Derechos y obligaciones
Los trabajadores que alcancen a completar un salario mínimo mensual, serán considerados trabajadores por aplicación, mientras que aquellos que no cumplan con la cifra serán clasificados como trabajadores independientes; sin embargo, contarán con los mismos derechos a excepción de la inscripción al IMSS y las aportaciones al FOVISSTE, aunque las plataformas “serán responsables del pago del aseguramiento en el régimen del seguro” en caso de que un trabajador independiente sufra un percance vial.
Otro de los apartados establece que aquellos trabajadores que cumplan con más de 288 horas de trabajo anuales tendrán derecho al pago de utilidades. Si un trabajador cumpliera con ocho horas diarias por seis días, alcanzaría las 288 horas requeridas en seis semanas.
Entre otros de los apartados se mencionan las sanciones a las plataformas que empleen a menores de edad, manipulen sueldos, hagan retenciones salariales de más, transfieran empleados formales al esquema de trabajadores digitales para reducir la carga fiscal y cualquier otra acción que pretenda desvirtuar la relación laboral.
Mientras que los trabajadores serán rescindidos en casos específicos, como el uso de documentos falsos, que pongan en riesgo la seguridad y la privacidad de los clientes, así como incumplimientos reiterados de las labores.
La iniciativa ya en la cancha de la Cámara de Diputados, avanzará al tiempo que iniciativas de interés público como la reducción de la reducción de la jornada laboral a 40 horas y la regulación del sector de trabajadores que reciben propinas van en el mismo cauce.