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Ticketmaster es obligado a quitar cláusula que niega el reembolso de boletos por cancelaciones en festivales
Ticketmaster, freno a a práctica abusiva. Foto: Fernando Carranza García | Cuartoscuro.com
Publicado el 13 de junio 2024
  • México

Ticketmaster es obligado a quitar cláusula que niega el reembolso de boletos por cancelaciones en festivales

Profeco advirtió a la empresa que iniciaría un proceso legal por la condición que se obligaba a aceptar a los consumidores en medio de la venta de los festivales Arre y Coca-Cola Flow.

Ante el reclamo de compradores y de una advertencia de la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco), Ticketmaster sumó un nuevo revés y echó atrás la cláusula con la que se negaba el reembolso de boletos en caso de cancelaciones de agrupaciones y cantantes en festivales.

En medio de la venta para el Coca-Cola Flow Fest y el Festival Arre, el gigante multinacional impuso aceptar esta condición para permitir adquirir las entradas.

“Al continuar con tu compra, hacemos de tu conocimiento que podrá existir la posibilidad de inasistencia de algún o algunos de los participantes (artista) del Festival, por lo que ante dicho supuesto, no existirá reembolso de los boletos adquiridos”, se leía en la advertencia de la empresa que también vende los boletos de festivales como el Vive Latino, Corona Capital y Pa’l Norte, entre otros.

En redes sociales, los consumidores reclamaron y alertaron que para los organizadores podría resultar fácil ofrecer carteles atractivos que no se concreten sin someterse a repercusiones.

imagen para nota de ticketmaster y la negativa a los reembolsos de boletos

La Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) se involucró en el tema y emitió un medida precautoria con la que dio a Ticketmaster 48 horas para suspender su condicionamiento de compra de boletos y negativa de reembolso. 

El organismo advirtió que la cláusula de no reembolso publicada por Ticketmaster podría ser violatoria de la Ley Federal de Protección al Consumidor, por lo que de no atender el llamado iniciaría un procedimiento por infracciones legales.

“Cabe señalar que todo proveedor se encuentra obligado a respetar los servicios que se hubieran ofrecido o convenido con el consumidor; es decir, si ofreció que un artista determinado estaría en el evento en cuestión, lo cual pudo motivar la compra de éste evento, la proveedora debe respetar tales condiciones”, explicó en un comunicado.

La Profeco recordó que si un proveedor incumple las condiciones ofrecidas, salvo en casos de fuerza mayor como enfermedad o accidente, el consumidor tiene derecho a solicitar el reembolso del precio pagado (costo de los boletos y cargos por servicio), así como una bonificación o compensación no menor al 20%. En el caso de los festivales, aplica al total de días que dure el festival o solo del día que se decidió no asistir.

Para quienes aceptaron la cláusula, la dependencia federal refirió que tienen hasta un año de plazo para presentar su queja.

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Por: Antonio Hernández

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