Dos ahuehuetes son reconocidos como Patrimonio Natural de la Ciudad de México
La declaratoria de los árboles como Patrimonio Natural reconoce su valor ambiental, histórico, cultural o simbólico y busca garantizar su conservación para las generaciones presentes y futuras.
Dos ahuehuetes de la especie Taxodium mucronatum Ten han sido declarados Patrimonio Natural de la Ciudad de México. Uno de ellos es conocido como “Glorieta de Ahuehuetes” y tiene una altura de 23.6 metros. A su follaje que cae como si fuera cabello, sólo lo separan 6 metros del suelo. El ancho de su copa es de 14.40 metros y el largo de 14.20 metros. Está ubicado en ubicado en la calle Glorieta de los Ahuehuetes de la colonia San Juan Tlihuaca, en la alcaldía Azcapotzalco.
La Gaceta Oficial consigna que este árbol “presenta características excepcionales por su antigüedad estimada, dimensiones, rareza, importancia ecológica, historia asociada, simbología cultural y valor comunitario, lo cual lo convierte en un elemento sobresaliente del Patrimonio Natural de la Ciudad de México”.
Pese al crecimiento de la ciudad durante el siglo XX y la falta de agua subterránea (que provocó la muerte de los árboles más antiguos), el ahuehuete actual de la glorieta persiste como símbolo del barrio originario de San Juan Tlihuaca y es parte sustancial del paisaje nativo.

El otro ahuehuete reconocido como Patrimonio Natural de la capital, denominado “Jardín de San Fernando”, se localiza en Eje 1 Poniente Guerrero de la colonia Guerrero, en la alcaldía Cuauhtémoc, dentro del Jardín de San Fernando. Cuenta con una altura de 25.40 metros y su copa, como en los otros árboles de su especie, es ovoide, ancha e irregular.
“Los ahuehuetes en la Ciudad de México formaron parte esencial del paisaje lacustre, con una profunda connotación mítica y cultural para los pueblos ribereños”, señala la Gaceta Oficial.
Dos árboles protegidos oficialmente
Al ser declarados Patrimonio Natural, los dos ahuehuetes deberán ser protegidos, procurando en todo momento su salud, estabilidad y la seguridad de la comunidad. Cualquier intervención que pretenda realizarse, deberá atender criterios técnicos, consideraciones ambientales y la normativa vigente en materia ambiental y del ordenamiento territorial, asegurando un manejo responsable.
Queda prohibido realizar cualquier tipo de manejo, incluyendo derribo, poda o trasplante que contravenga el reciente Decreto, al Plan de Manejo y demás disposiciones legales, así como la realización de obras, excavaciones o instalaciones que afecten su tronco, raíces, copa o ramas.
Además, deberá respetarse el radio mínimo de protección del área de influencia en donde se encuentran los ejemplares, conforme a lo dispuesto en el Plan de Manejo y demás normativas aplicables.





