Código Fiscal Espía: aprueban reforma que permite al SAT vigilar plataformas
La reforma al Código Fiscal despierta alarma: puede convertirse en una herramienta espía a través de las plataformas digitales
Hurgar en la intimidad de las personas a través del Sistema de Administración Tributaria: un código fiscal que espía. La Cámara de Diputados de México aprobó ayer una reforma al Código Fiscal que ha desatado un debate por demás intenso. Por un lado, el gobierno y la mayoría oficialista de Morena en la Cámara la defienden como una herramienta necesaria para combatir la evasión fiscal. Por el otro, los partidos de oposición y organizaciones civiles la califican de “terrorismo fiscal” y una amenaza a la privacidad y la libertad de expresión.
El corazón de la polémica es el nuevo artículo 30-B, que obliga a plataformas digitales como Netflix, Mercado Libre, Uber e incluso aplicaciones de citas a permitir que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) tenga acceso permanente, en línea y en tiempo real a la información de las transacciones para verificar el cumplimiento fiscal. En caso de que estas plataformas no cumplan, se arriesgan a un bloqueo temporal de su servicio en México.
Reforma contra la evasión fiscal o Código Fiscal Espía
La bancada oficialista de Morena y sus aliados, que impulsaron la aprobación con 335 votos a favor, argumentan que la reforma es crucial para “cerrar brechas de evasión y elusión fiscal”. Alfonso Ramírez Cuéllar, vicecoordinador de Morena, defendió la medida señalando que su objetivo es “destruir toda una red criminal” vinculada a la facturación falsa y el contrabando de combustibles.
La diputada Freyda Marybel Villegas Canché explicó que el artículo 30-B busca que la autoridad fiscal “cuente con toda la información necesaria para comprobar el debido cumplimiento de las obligaciones fiscales”. Dolores Padierna, también de Morena, la calificó como “una de las reformas más profundas” para darle mayores herramientas al SAT y atacar a “empresas que facturan con operaciones simuladas”.

La oposición, con 122 votos en contra, rechazó de plano la reforma. El diputado Héctor Saúl Téllez del PAN la denominó “Código Fiscal Espía”. Acusó al gobierno de buscar “husmear en tu vida personal, para conocer tus movimientos personales” y argumentó que la ley “criminaliza errores fiscales menores”.
“Este Código Fiscal solo quiere castigar a los contribuyentes por simples errores”, afirmó Téllez, calificando la estrategia como “terrorismo fiscal”. Advirtió que la facultad del SAT de bloquear sellos digitales discrecionalmente equivale a “la muerte operativa de todos los negocios”.
Desde el PRI, Yerico Abramo Masso cuestionó que la reforma se enfoque en los contribuyentes comunes mientras los “servidores públicos” responsables de grandes delitos fiscales permanecen impunes. “Es más fácil crear una política de terrorismo que limpiar la casa”, expresó.
Alerta por derechos fundamentales
Las críticas trascienden el ámbito político. Las organizaciones Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D) y Artículo 19 alertaron que el artículo 30-B representa una “seria amenaza” a los derechos humanos.
R3D afirmó que el acceso en tiempo real del SAT constituye “una interferencia desproporcionada” y “una invasión total y permanente de la información de la ciudadanía”. La organización destacó que la medida “carece de salvaguardas y control judicial”, lo que elimina la protección jurídica del derecho a la privacidad.
Por su parte, Artículo 19 calificó la sanción de bloqueo de plataformas como una medida de “censura previa”, prohibida por la Constitución mexicana. La organización subrayó que estas plataformas forman parte de un “espacio cívico interconectado” donde las personas ejercen sus derechos, por lo que bloquearlas afecta directamente la libertad de expresión.
Además del polémico artículo 30-B, la reforma refuerza las facultades del SAT para combatir la emisión de facturas falsas. La autoridad podrá negar la inscripción en el registro fiscal a empresas cuyos socios tengan antecedentes de estar vinculados con “empresas factureras”. También podrá realizar visitas de verificación para comprobar que las operaciones existen y, de encontrar irregularidades, suspender de inmediato la emisión de facturas digitales.
Tras el debate, los diputados aprobaron una modificación clave: la entrada en vigor del artículo 30-B se aplazó del 1 de enero al 1 de abril de 2026, para dar tiempo a las plataformas a realizar adecuaciones. También se eliminó un artículo que limitaba el derecho de defensa de los contribuyentes.
El dictamen fue enviado al Senado de la República para su discusión y eventual ratificación, donde el debate entre la lucha contra la evasión y la protección de los derechos fundamentales está seguro de continuar.